Universidad Tecnológica de los Andes.
Filial Cusco.
Facultad de Derecho.
jueves, 22 de octubre de 2009
Control de Lectura 5
La lectura que será objeto de control el lunes 26 de octubre es "Hacia la concepción integradora de la obligación y la Teoría de la distinción entre la deuda y la responsabilidad" de Antonio Hernández Gil
Nació en Cusco - Perú (1966), se educó en el Colegio Salesiano de Cusco, estudió Derecho en la Universidad Andina de Cusco, ejerció la abogacía desde el 28 de junio de 1990 al 20 de abril de 2003. Desde el 21 abril de 2003 es Magistrado del Poder Judicial, nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura en el cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Cusco.
Cada día va quedando más claro en todo el mundo que el problema de la justicia no es de la justicia, sino de los jueces. La justicia está en las leyes, en los códigos, luego debería ser fácil aplicarla. Bastaría saber leer, entender lo que está escrito, escuchar de manera imparcial las alegaciones del acusador y del acusado, las testimonios, si los hubiere, y finalmente, en conciencia, juzgar.
Este blog corresponde al Curso de Derecho Civil IV (Obligaciones) que se dicta en la Facultad de Derecho de la Universidad Tecnológica de los Andes (UTEA) Filial Cusco.
Profesor
Fernando Murillo Flores
Horario
Lunes 17:00 hrs. a 20:00 hrs. Martes 17:00 hrs. a 19:00 hrs.
1. Un robot no debe dañar a un ser humano o, por su inacción, dejar que un ser humano sufra daño. 2. Un robot debe obedecer las órdenes que le son dadas por un ser humano, excepto si estas órdenes entran en conflicto con la Primera Ley. 3. Un robot debe proteger su propia existencia, hasta donde esta protección no entre en conflicto con la Primera o la Segunda Ley.
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